Fiscal / Procedimiento Tributario / Requisitos de las Notificaciones Tributarias
Las Notificaciones de la Agencia Tributaria deberán cumplir los siguientes requisitos:
-Forma: han de practicarse por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, de la fecha, de la identidad de quien la recibe y del contenido del acto notificado.
-Lugar de la notificación: será el domicilio del interesado o de su representante, o el señalado a tal efecto. Si esto no resulta posible se hará en cualquier lugar adecuado a tal fin. En caso de rechazo por el interesado o su representante, ésta se tiene por practicada a todos los efectos.
-Receptor familiar: si no se halla presente el interesado podrá entregarse a cualquier persona que se encuentre en el domicilio haciéndose constar su identidad
Una vez intentada la notificación por dos veces y no conseguida, se realizará mediante anuncios que serán publicados, una sóla vez en el BOE, o en los Boletines de las CCAA o de las provincias, según el ámbito del órgano y en la Delegación y Administración del último domicilio conocido. Transcurridos 10 días sin que haya comparecido el interesado, la notificación se entiende hecha a todos los efectos
Tratamiento fiscal de la transmisión o renuncia a un derecho real de usufructo sobre acciones
Tratamiento fiscal de la transmisión o renuncia a un derecho real de usufructo sobre accionesEn el caso de venta del derecho de usufructo se genera una ganancia o pérdida patrimonial que se cuantifica por diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición del derecho, a cuyo importe se la podrán aplicar los coeficientes reductores si fue adquirido antes de 31 de diciembre de 1994.
Por el contrario, en caso de renuncia al derecho de usufructo, aunque la ganancia o pérdida patrimonial se calculará de la misma forma, a la diferencia, entre el valor a la fecha de renuncia y el valor de adquisición, no se le podrá aplicar los coeficientes reductores, ya que no se trata de una transmisión de elemento patrimonial, sino de la renuncia a un derecho (D.G.T., 18 de septiembre de 2001)
Asesores - SL
Asesores - SL